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Sí, son las farmacia de turno en Puyo y se encuentran abiertas las 24 horas para atender cualquier emergencia médica en la ciudad.
Sí, las farmacias de turno en Puyo ofrecen una amplia selección de medicamentos sin receta médica, como analgésicos, antigripales y otros productos de primeros auxilios.
Las farmacias que no estén de turno atenderán al público mínimo doce horas diarias interrumpidas de lunes a viernes y podrán atender sábados, domingos y feriados. Sin embargo las farmacias que se encuentren en supermercados o que funcionen dentro de centros comerciales, no están sujetos al calendario de turnos establecidos por la ARCSA.
Como parte de sus competencias la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), establece el calendario de turnos de farmacias del 2023, con el propósito de garantizar la atención de 24 horas sin interrupción en este tipo de establecimientos.
Según lo establecido en la Ley Orgánica de Salud, en su artículo 166: “Las farmacias deben atender al público un mínimo de doce horas diarias, ininterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos por la autoridad sanitaria nacional”, quienes incumplan esta normativa y de acuerdo art. 244 de la misma ley, serán sancionados con multa de cinco salarios básicos unificados y con la clausura.
La Ley Orgánica de Salud, en su artículo 166, expresa claramente que: “Las farmacias deben atender al público mínimo doce horas diarias, ininterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos por la autoridad sanitaria nacional”, así mismo, la Normativa Técnica Funcionamiento de Farmacias y Botiquines Privados en su artículo 15 literal p, indica que: “Son deberes y obligaciones de todas las farmacias en todo el territorio nacional, a través de la gestión de su responsable técnico (…) Garantizar junto al Representante Legal con el cumplimiento por parte de la farmacia de los horarios de turnos que establezca la Arcsa”.
Las farmacias que incumplan con los horarios y turnos establecidos serán sancionados con el artículo 244 de la Ley Orgánica de Salud, en el cual establece una multa de cinco salarios básicos unificados del trabajador y la clausura temporal o puede ser definitiva del establecimiento farmaceútico.